
Desde junio de 2013, todos los edificios que se vendan o que se vayan a alquilar tienen obligación de tener un certificado de eficiencia energética de viviendas y edificios. Si estos edificios no disponen del certificado de eficiencia energética, el propietario puede tener que hacer frente sanciones entre 300 y 6000 euros.
Este Decreto intenta regular la certificación energética de los edificios para poder facilitar al comprador o a los nuevos usuarios de estos edificios la valoración fiable de eficiencia energética de dicho inmueble.
Este certificado de eficiencia redacta el cálculo de consumos energéticos según la fecha y estación en la que nos encontramos. Para ello tenemos que tener en cuenta las instalaciones como la calefacción, el sistema de climatización, la ventilación, la iluminación y el sistema de calentamiento de agua.
Es muy importante también el estudio de aislamiento térmico que tiene la vivienda o edificio, los acabados exteriores de obra y los cierres de fisuras en ventanas y balcones, cubiertas, techos, suelo y su acabado.
La calificación energética del edificio se efectúa estudiando estos dos valores: el consumo energético y el aislamiento térmico. Se valora de la letra A a la G siendo A la valoración mayor. Si la calificación que obtenemos no es óptima debemos hacer una propuesta de mejora para aumentar la calificación energética.